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COMUNICADO 43

02 DE OCTUBRE DE 2026

 

 

 

Resuelve TET diversos medios de impugnación relacionados con quejas ante el ITE

 

 

En sesión pública, las magistraturas integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvieron por unanimidad de votos 11 resoluciones relativas a Asuntos Generales y Juicios Electorales vinculados con actuaciones y determinaciones de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE). 

 

En primer término, al atender los asuntos presentados a través de las distintas ponencias, el Pleno determinó el reencauzamiento de diversos Asuntos Generales a Juicios Electorales al considerar que es la vía idónea y eficaz para conocer y resolver el fondo de las controversias planteadas. 

 

En lo relativo al expediente derivado del Asunto General TET-AG-110/2026, promovido por José Carlos Hernández Pérez en contra del acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca del ITE que desechó una queja instaurada contra un ciudadano, dos servidoras públicas y el partido político Morena, el Pleno confirmó la resolución impugnada. Ello, al advertir que los hechos y pruebas denunciadas correspondieron a actividades de carácter institucional con fines informativos y periodísticos, sin que se desprendieran indicios suficientes que configuraran una transgresión a la normativa electoral. 

 

Bajo el mismo criterio, en los asuntos generales radicados en la segunda ponencia promovidos en contra de desechamientos determinados por la autoridad administrativa electoral respecto a publicaciones en Facebook sobre asistencia a eventos sociales, el Tribunal confirmó los acuerdos impugnados al calificar como infundados los agravios. Se razonó que la Comisión actuó conforme a derecho en su análisis preliminar, al no acreditarse actos anticipados de precampaña o campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos ni elementos para actualizar una culpa invigilando respecto a institutos políticos. 

 

Por otra parte, respecto a los asuntos radicados en la tercera ponencia, en el expediente derivado del TET-AG-112/2026, relativo a una queja por supuestos actos anticipados y promoción personalizada atribuidos al presidente Municipal de Tlaxcala en un evento de obra pública, el Tribunal confirmó el desechamiento dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones. Se determinó que los señalamientos correspondieron a actos de gobierno de naturaleza estrictamente administrativa e informativa, orientados a la seguridad pública en la ejecución de obra, sin impacto en el ámbito político ni electoral. Asimismo, en el asunto derivado del TET-AG-128/2026, se confirmó el desechamiento de plano de una queja por publicaciones en redes sociales, toda vez que de su contenido no se desprendieron llamados al voto, propaganda de candidaturas ni elementos de proselitismo. 

 

 

Finalmente, al resolver los Juicios Electorales TET-JE-118/2026, TET-JE-124/2026, TET-JE-129/2026, así como los expedientes TET-JE-117/2026 y TET-JE-119/2026, promovidos para controvertir presuntas omisiones de la autoridad instructora en la admisión de quejas y en la adopción de medidas cautelares, el Pleno declaró inexistente la omisión de admisión, dado que los procedimientos continúan en sustanciación a través de diligencias preliminares. 

 

No obstante, las magistraturas determinaron que sí se acreditó la omisión respecto al pronunciamiento de las medidas cautelares solicitadas. En consecuencia, se ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE que, dada la naturaleza preventiva y la necesidad de evitar daños de carácter irreparable, emita a la brevedad y dentro de un plazo razonable el acuerdo correspondiente sobre su procedencia o improcedencia, y que, una vez concluidas las investigaciones preliminares pendientes, resuelva de manera inmediata sobre la admisión o desechamiento de las denuncias. 

 

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