Lino Noé Montiel Sosa
Artículo publicado en El Sol de Tlaxcala, el día 16 de Noviembre de 2023
Nos encontramos en vísperas del inicio de un nuevo proceso comicial local en Tlaxcala, en el que se habrán de elegir a las diputadas y diputados (25) que integrarán el Congreso del Estado, así como las y los Integrantes de los Ayuntamientos (60) y titulares de las Presidencias de Comunidad (299).
Al respecto, resulta importante señalar que, para el desarrollo del proceso y cumplir con todos y cada una de los actos, actividades y etapas que lo componen, resulta indispensable la concurrencia o participación de la ciudadanía, las autoridades electorales y los diversos actores políticos, pues la función de cada uno es imprescindible en el desarrollo del proceso electoral, ya que cada uno de los actores llevan a cabo distintas actividades y tienen distintos fines, en su conjunto todas estas tares y actividades que realizan constituyen las etapas del proceso electoral.
Asimismo, resulta necesario señalar que la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Tlaxcala establece en su artículo 111, lo siguiente: “Proceso electoral es el conjunto de actos que realizan los órganos electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, tendientes a renovar periódicamente a los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como a los ayuntamientos y las presidencias de comunidad”. Ahora bien, con base en el precepto legal referido, podemos mencionar entonces quienes son los actores en una elección, que en el caso específico son los siguientes: los órganos electorales, como el Instituto Nacional Electoral, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones; los partidos políticos nacionales y locales; ciudadanas y ciudadanos (electores); candidatas y candidatos, sean postulados por partidos políticos o independientes, también la autoridad o autoridades investigadoras de los delitos electorales, así como el Tribunal Electoral de Tlaxcala.
Es importante señalar que cada proceso electoral representa nuevos retos y desafíos, en el caso, las autoridades y órganos electorales corresponde reafirmar la confianza de la ciudadanía, de las y los candidatos, así como de los partidos políticos que participan en la elección, ya que ello permite incentivar la participación ciudadana, para lograrlo las autoridades electorales tienen, entre otras, la facultad de celebrar todos los convenios que resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines y atribuciones.
Sin embargo, la función electoral no es exclusiva de las autoridades, pues más bien es una responsabilidad compartida con todos los actores que participan en el proceso electoral, participan, tal como lo prevé la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala al señalar en su Artículo 6, lo siguiente: “Los ciudadanos y los partidos políticos son corresponsables de la función electoral, y en particular de la organización, el desarrollo y la vigilancia de los procesos electorales ordinarios y extraordinarios”.
Lo anterior implica un trabajo conjunto y coordinado, no sólo entre las autoridades electorales y los partidos políticos, sino también con diversas instituciones públicas para generar el ambiente y las condiciones sociales que garanticen a la ciudadanía una participación libre, informada, segura y confiable. Lo cual redundará en el fortalecimiento de la democracia participativa, ya se tienen los instrumentos legales y se cuenta con las instituciones necesarias para logarlo.
Tribunal Electoral de Tlaxcala
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