Derechos políticos: una visión sociológica de su ejercicio

Miguel Nava Xochitiotzi *

El Sol de Tlaxcala, Página 7 martes  29 de enero del 2019

Dentro del aspecto que implica hablar sobre derechos humanos, en el campo del derecho político debe considerarse una visión sociológica sobre la forma en que deben concebirse los derechos políticos en particular.

Los Derechos Políticos permiten a los ciudadanos ejercer, expresar y participar en el universo democrático de la sociedad a la que pertenece, por lo que este principio consolida la democracia y una de sus formas de manifestación es través de las elecciones. Estos derechos incluyen los instrumentos que permiten a los ciudadanos participar en la vida pública. (https://conceptodefinicion.de/derechos-politicos/)

Del concepto anterior, es posible comprender a los derechos políticos como un  conjunto de condiciones y opciones que permiten a los ciudadanos participar en la vida política de su entorno, expresando sus ideas, como la forma  de ejecutar su libertad y conciencia personal y formar, con su manifestación, un enlace con sus representantes electos, es decir; entre los gobernados y gobernantes.

El derecho a la libertad política otorga a las personas el poder elegir y disponer de sus gobernadores, a través del voto libre. La libertad política existe gracias a las libertades civiles; sin embargo, la existencia de libertades civiles no presupone necesariamente la libertad política. Es un concepto fundamental para la creación de un Estado democrático y está protegido por los mecanismos incorporados en las disposiciones constitucionales y la división de poderes.

Los derechos políticos garantizan la capacidad del ciudadano para formar parte en la vida política del Estado en condiciones de igualdad y sin discriminación.

El derecho, al ser una rama social, debe estar sujeto a los cambios. La sociedad va cambiando y el derecho debe adecuarse a las necesidades sociales y en ese espectro el derecho electoral debe dar respuesta a las necesidades políticas de la sociedad. El desarrollo humano cada día se va presentando de manera acelerada, lo cual nos obliga a seguirlo de cerca y a modificar los paradigmas que se han establecido con anterioridad, con el único objetivo de modificarlos o dejarlos en el desuso definitivo.

La exigencia de las sociedades modernas a una mayor democratización, de respeto a los derechos humanos y de mayor libertad, han modificado las reglas electorales. Ya no es suficiente que la democracia electoral se refiera en exclusiva al voto y ni siquiera al arbitrio de un mecanismo electoral para la designación de los gobernantes. La legitimidad de un proceso electoral tiene que satisfacer otros requerimientos más complejos y amplios.

Para ampliar esta concepción que se tiene de los derechos políticos, nos auxiliamos de la sociología, entendida como la ciencia que estudia el comportamiento social de las personas, de los grupos, de la organización y estructura de las sociedades. (http://www.fes-sociologia.com/que-es-la-sociologia/pages/27/)

La sociología tiene dos grandes formas de tratar los fenómenos sociales. Por una parte, se ocupa de los agregados y entidades sociales. Los sociólogos tratan de conocer qué son, cómo funcionan y cómo afectan al comportamiento y al bienestar de las personas. No debemos perder de vista que los estímulos que recibe una sociedad determinada cualquiera que esta sea, se convierten en factores que sirven para la detonación de los fenómenos sociales acontecidos y que posteriormente son estudiados, al ponerse en perspectiva del derecho.

Vale la pena plantear el cuestionamiento de que si las autoridades electorales en México, tanto las de carácter administrativo como jurisdiccional, estamos considerando aspectos más allá de lo establecido en la norma para justificar nuestro actuar. Los integrantes de los órganos electorales estamos reaccionando frente al desarrollo de la sociedad mexicana y que cada día tiene mayores exigencias a sus instituciones, por ello hoy, en ese dinamismo en el que la sociedad ha incluido a la materia electoral, se habla de sentencias con lenguaje ciudadano, de justicia abierta, de tribunal abierto convirtiendo al principio de la máxima publicidad en un eje protagonista.

Pero ese dinamismo ¿cómo ha influido en tener una visión sociológica  de los derechos políticos? Pues hoy día la exigencia para el juzgador electoral, va más allá de ceñirse en lo que se encuentra en la ley. Implica comprender la causa natural y social de los hechos que son planteados. Debemos ir más al fondo, debe comprender el origen de los hechos planteados, sabedores que los derechos políticos forman parte de los derechos humanos y por lo tanto al ser la persona humana la titular de los mismos, asimilar que el hombre convive en sociedad y por tanto está expuesto a una serie de estímulos que se convertirán en agentes de cambio, por el dinamismo propio de la convivencia colectiva, en el entendido que son esos estímulos lo que da forma final a los derechos políticos.

Tomar consciencia de lo anterior nos permitirá romper con la rigidez con la que se enseña y comprende el derecho, construir y consolidar la confianza ciudadana,  lo que nos acerca a mejorar la eficiencia en los procesos de la toma de decisiones y en la eficacia de las instituciones que permitan un fortalecimiento, que logre revertir el debilitamiento institucional que causa la rigidez jurídica.

* Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala