El derecho a la manifestación
José Lumbreras García*
El Sol de Tlaxcala, Pagina 8, martes 20 de Agosto de 2019
Existen derechos que, por su relevante importancia, son considerados como fundamentales en los órdenes jurídicos de los estados y que, por supuesto, también encuentran sustento en los diferentes instrumentos del derecho internacional.
Uno de estos derechos humanos, sin duda, es el derecho a la manifestación pública que, si bien, como tal no se encuentra previsto en el catálogo constitucional, si se puede concebir a través del derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión, previstos en los artículos 6 y 9 de nuestra Carta Magna.
En las sociedades democráticas estos derechos son trascendentales, pues en las mismas siempre se buscará que la ciudadanía, y la población en general, participen en la mayor medida posible en la toma de las decisiones comunes; para lo cual, siempre debiera ser tomada en cuenta la opinión de las mayorías, pero también de las minorías y de los grupos vulnerables de la población, esto es de todos y todas.
La manifestación pública es una de las más representativas muestras de la libertad del pueblo, independientemente del contenido de la misma, que puede ser para expresar apoyo, solidaridad, protesta o incluso alegría, para temas de relevancia o no, pero en los que la vía pública se convierte en el espacio de la democracia.
Esta forma de expresión ha sido, en muchas ocasiones, el origen de grandes logros sociales y ha tenido como consecuencia el avance en el reconocimiento de los derechos, por lo que su importancia en el desarrollo de los pueblos es indiscutible.
Pero esta prerrogativa, aun siendo fundamental, no es absoluta y su ejercicio no puede ser concebido sin limitaciones, pues el mismo debe encontrar armonía con los derechos de los demás integrantes de la sociedad, quienes igualmente siempre deben estar en la posibilidad del ejercicio de los mismos en plenitud.
El derecho a manifestarse debe estar libre de todo tipo de censura o prohibición, e incluso, la presencia de la fuerza pública debe primeramente procurar el resguardo del derecho a la expresión y no su represión.
Pero este derecho encuentra limitación ante la posible comisión de delitos que pudieran ser cometidos en agravio del patrimonio o la integridad física de las personas, del orden público o incluso del mismo estado.
Estas limitaciones al derecho de manifestación, se encuentran reconocidas en los tratados internacionales y se puede apreciar también de nuestro texto constitucional.
Es normal en estas manifestaciones, encontrar voces que con toda justicia exigen tolerancia, reconocimiento o respeto; y es debido, pues muchas veces es la única forma que la comunidad tiene para hacerse oír y mostrar su sentir respecto de la realidad que se vive.
Y son precisamente estos aspectos los que deben mover estas formas de expresión. El tolerar las opiniones diversas, aun cuando se pueda estar en desacuerdo; reconocer que los demás, todos y todas, también tienen derechos, tan valiosos e importantes como los nuestros, que implican su integridad y dignidad como personas, independientemente del papel o rol social que jueguen en ese preciso instante, recordando que todos y todas tenemos diferentes condiciones que varían en cada momento en que interactuamos con los demás.
Esto último implica, por supuesto, que debemos ser respetados y respetadas en cada momento de nuestro actuar social; pero este respeto no puede ser solo un derecho, sino también es una obligación. Si realmente queremos una mejor sociedad, en la que sean respetados nuestros derechos o los del sector poblacional con el que nos identificamos, todos y todas debemos empezar por mostrar respeto por los otros, por las cosas y valores que nos son comunes y que incluso nos identifican y distinguen de los demás pueblos. Como siempre, y aunque es algo inherente, el respeto se gana.
Finalmente, el ejercicio de todo derecho implica responsabilidad, en el caso, en la temática, en la convocatoria y en quienes se suman a la participación, lo que nos compromete de manera ineludible con los derechos de los demás.
Así pues, la respetuosa invitación al ejercicio de este derecho fundamental con el valor cívico y la responsabilidad que siempre debemos tener.