COMUNICADO 28

20 DE JUNIO DE 2019

Ordena TET a edil de Xaltocan restituir del cargo a regidor y pagar prestaciones a regidores

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al alcalde de Xaltocan, Eugenio Sánchez Amador, restituir a Ignacio Vázquez Franquiz en el cargo de primer regidor del ayuntamiento, lo mismo que la remuneración de su salario correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo y primera quincena de junio, así como entregar gratificaciones de fin de año 2018 a los regidores de ese municipio, debido a que este concepto se incorporó dentro del presupuesto de egresos de ese ejercicio fiscal.

De igual forma, los magistrados electorales ordenaron al presidente municipal restituir la cantidad de mil pesos quincenales a la remuneración de los regidores a partir del mes de enero de este año, después de haberles disminuido su salario; entregarles 5 mil pesos correspondientes al concepto de “apoyo y gestión para la ciudadanía” o “gasto corriente a comprobar” a partir de noviembre de 2018; entregarles vales de gasolina por un importe de mil pesos mensuales a partir de noviembre de 2018 y restituirles de equipo de cómputo, papelería y asistencia de personal secretarial que tenían desde noviembre de 2018.

Lo anterior, al considerar que todo ello “son medios, elementos o herramientas para la realización de las funciones que los regidores desempeñan”, pero también considerando el principio de progresividad como eje rector, tomando en cuenta que haberlos privado de esas prestaciones va en contra del detrimento de derechos ya adquiridos por los regidores de ese ayuntamiento al inicio de su gestión.

En el caso del desconocimiento del primer regidor Ignacio Vázquez Franquiz, el Pleno del TET determinó que no existió un debido proceso por parte del cabildo de Xaltocan, en el que se respetara el derecho de audiencia del afectado, sino que simplemente por mayoría de votos dejó de reconocerlo como integrante del ayuntamiento.

En ese sentido, los magistrados recordaron que “la suspensión o revocación de mandato de alguno de los miembros del ayuntamiento es facultad del Congreso del estado de Tlaxcala, por lo que el cabildo no es el órgano competente para determinar la suspensión de un regidor, acto que en este caso resulta ilegal”.

Por otra parte, con el voto particular del magistrado Miguel Nava Xochitiotzi, el TET aprobó un acuerdo plenario en el que returnó el expediente TET-JDC-032/2019, a fin de precisar qué agravios de los regidores del municipio de Ixtacuixtla corresponde resolver al Tribunal Electoral, y cuáles son competencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE). En tal circunstancia, fueron revocados los acuerdos de admisión y cierre de instrucción para subsanar las irregularidades existentes en el expediente que tuvo a su cargo la ponencia dos.

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