Comunicado 20

29 de abril de 2016

Reciben Morena y candidato en Zitlaltepec amonestación pública campaña anticipada

El Tribunal Electoral de Tlaxcala también declaró inexistentes presuntos actos de campaña del PAN y su candidata a la gubernatura, Adriana Dávila

Por haber incurrido en actos anticipados de campaña, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) hizo una amonestación pública al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y a su candidato a la presidencia municipal de Zitlaltepec, José Edmundo Rendón Burgos, además de que emplazó a ese instituto político para que en un término de 24 horas borre 10 bardas que fueron detectadas en ese municipio, e informe al Instituto Nacional Electoral, para los efectos de fiscalización

Al resolver el expediente TET-PES-054/2016, los magistrados electorales determinaron que como resultado del análisis exhaustivo de actuaciones, se advirtió que el ciudadano denunciado realizó pinta de 10 bardas en diferentes ubicaciones dentro del territorio del municipio de Zitlaltepec, en las que se aprecia el emblema del partido Morena y las leyendas: «ÚNETE A MORENA», «CON EDMUNDO RENDÓN BURGOS» y «PROMOTOR DE LA SOBERANÍA NACIONAL».

La ponencia del magistrado Luis Manuel Cuahutle realizó el estudio respectivo para determinar si esa conducta implicaba la realización de actos anticipados de campaña, en vulneración del artículo 166, párrafo primero, de la Ley de instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, que establece que las campañas electorales podrán iniciar al día siguiente de la publicación del registro de los candidatos a diputados locales, integrantes de ayuntamientos y presidentes de comunidad, es decir, a partir del próximo tres de mayo.

Para ello el TET requirió al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para que informara si el denunciado tenía registro como candidato a algún cargo de elección popular, situación que fue positiva porque el pasado 10 de abril el partido Morena solicitó el registro de José Edmundo Rendón Burgos como candidato a presidente municipal de Zitlaltepec.

Por esa razón, el proyecto del magistrado concluyó la existencia de la infracción, «pues la pinta de las bardas, materia de la queja, constituye propaganda de naturaleza electoral, al tener el propósito de promover al denunciado entre la ciudadanía, con el objeto de verse favorecido con sus votos, en la próxima jornada comicial».

Además, en la audiencia de pruebas y alegatos, el denunciado, a través del representante del partido Morena, no negó o se deslindó de la pinta de bardas, por lo cual se actualizaron los criterios establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para determinar si se configuran actos anticipados de campaña, es decir, los elementos personal, subjetivo y temporal.

En ese sentido, y ante la certeza de que el contenido de la propaganda se realizó con la finalidad de posicionar al denunciado ante los electores del municipio de Zitlaltepec, el Pleno del TET determinó amonestar de manera pública al partido Morena y José Edmundo Rendón Burgos «para hacer del conocimiento del mayor número de personas que los sujetos infractores inobservaron las disposiciones legales en materia de actos de campaña».

Inexistentes las violaciones a ley electoral por parte del PAN y Adriana Dávila: TET

Por otra parte, el Pleno del TET declaró inexistentes las violaciones las violaciones a la normatividad electoral por actos anticipados de campaña a tribuidas al Partido Acción Nación Nacional (PAN) y a su candidata al gobierno del estado, Adriana Dávila Fernández. Los magistrados resolvieron que no hubo ninguna celebración de un acto público de difusión de candidatura fuera de los plazos previstos por la normatividad electoral.

El resolutivo aprobado por unanimidad estableció que no existe y no se corrobora un medio de convicción que ameritara prueba plena, pues elementos de prueba se circunscribieron sólo a notas periodísticas.

Por otra parte, los magistrados del TET determinaron que la impugnación interpuesta en su momento por la representación del PRI, PVEM, Panal y PS, sobre la no acreditación de sus representantes ante el Consejo General del ITE, ya no era materia de análisis, toda vez que la presidenta de ese organismo, Elízabeth Piedras Martínez, dio cumplimiento a una sentencia dictada por el mismo Tribunal Electoral para otorgárselas.

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