COMUNICADO 12

26 DE FEBRERO DE 2020

Confirma TET asamblea del PEST en el distrito XII de Teolocholco

Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala confirmó la validez de la asamblea del Congreso Político Estatal del Partido Encuentro Social Tlaxcala (PEST), correspondiente al distrito electoral local XII de Teolocholco, al resolver que el cambio de sede de la asamblea se hizo por causas justificadas no imputables a los organizadores, de manera particular porque un grupo de personas mantuvo cerrado el inmueble donde se realizarían originalmente los trabajos partidistas.

Los magistrados destacaron que “quedó demostrado en autos que el cambio de lugar de celebración de la asamblea fue justificado, en razón de la aparición de una situación ajena a la voluntad de los organizadores y que no estuvo a su alcance prever ni evitar, como lo fue que quien o quienes estando en posesión del inmueble dentro del cual debía celebrarse la reunión partidista, mantuvieron cerrada la puerta principal de la edificación ante la percepción de que se producirían actos violentos”.

Diversos militantes del PEST impugnaron la realización de la asamblea distrital en Teolocholco, al afirmar que ésta se llevó a cabo en un lugar distinto a lo preestablecido en la convocatoria respectiva, concretamente en la calle junto a la esquina del inmueble en que debía realizarse, registrándose aproximadamente unas 25 personas sin que dejaran a los impugnantes registrar a sus candidatos, tan es así que solo una planilla se registró. En razón de ello, solicitaban la nulidad de la asamblea correspondiente.

Sin embargo, los magistrados electorales coincidieron en que conforme a las constancias que forman parte del expediente, se probó que sí hubo condiciones suficientes para que los miembros interesados del PEST tuvieran conocimiento del lugar donde habría de celebrarse la asamblea referida. “Por la forma en que ocurrieron los hechos, hubo incluso mayores posibilidades de ubicar el lugar que si el evento partidista se hubiera realizado en el interior del inmueble”, señalaron, por lo que confirmaron la realización de la asamblea.

Por otra parte, por mayoría de votos, los magistrados resolvieron admitir y retornar para su trámite, el recurso de impugnación interpuesto por Marcos Piscil Lara, en su carácter de presidente de comunidad de Santa Apolonia Teacalco, municipio del mismo nombre, quien solicita el pago de diversas remuneraciones económicas por concepto de gasto corriente por los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2019.

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