COMUNICADO 48

12 de septiembre de 2022

Ordena TET nueva elección en San Antonio Teacalco

  • Autoridades de La Magdalena Tlaltelulco son apercibidos para evitar bloquear actividad de regidor
  • Cumple ayuntamiento de Totolac con sentencia del TET
  • Se ordena al Congreso del Estado informar al TET sobre avances de proyectos de “Ruta y Temario para la reforma electoral 2021-2022”

Durante la sesión del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) celebrada este lunes, la Magistrada Presidenta, Claudia Salvador Angel y los Magistrados José Lumbreras García y Miguel Nava Xochitiotzi aprobaron por unanimidad de votos revocar la elección de la autoridad en la Presidencia de Comunidad de San Antonio Teacalco para reponer el procedimiento, además de otros asuntos que involucran a los municipios de La Magdalena Tlaltelulco, Totolac y el Congreso del Estado.

En cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la sesión celebrada por el Pleno del TET este lunes se atendió nuevamente el expediente TET-JDC-508/2021 y acumulado, para el que se aplicaron mayores diligencias y nuevas actuaciones con perspectiva intercultural.

En dichos expedientes promovidos por diversos habitantes de la comunidad de San Antonio Teacalco, municipio de Santa Apolonia Teacalco, se estudiaron los actos que controvirtieron relativos la elección al cargo de titular de la presidencia de comunidad, y la omisión por parte del presidente municipal de tomarle protesta al candidato que resultó electo, así como la omisión por parte del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) de entregarle la constancia que lo acredite como candidato electo.

Tras la revisión de agravios se declaró la nulidad de la elección al cargo de titular de la presidencia de comunidad de San Antonio Teacalco, celebrada el 28 de agosto de 2021, por la falta de indicios de que existió el quórum legal, pues se retiraron tanto habitantes como personal del ITE tras un conflicto registrado en el lugar.

En la sentencia del Juicio de la Ciudadanía número TET-JDC-019/2022, en el que se señala al  presidente municipal, tesorero y director de Obras Públicas del municipio de La Magdalena Tlaltelulco de la violación al derecho político electoral de ser votado en su vertiente del ejercicio del cargo, en contra del tercer regidor quien funge como  vocal de la Comisión Municipal de Ecología, y de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Ecología, del estudio realizado por parte de la ponencia a cargo,  se comprobó la violación señalada, por lo que se ordenó a las autoridades municipales entregar los pagos en tiempo y forma en lo sucesivo a la parte actora, así como asistir a las sesiones a las que sean debidamente convocados, entregarle el calendario de obras y los expedientes técnicos en lo sucesivo en tiempo y forma, así como entregar en un plazo de dos días hábiles algunos expedientes o, de lo contrario, el director de abras se hará acreedor a una medida de apremio, de conformidad con el artículo 74 de la Ley de Medios.

En lo que respecta al expediente TET-JDC-002/2022, se informó que tras la amonestación impuesta por esta autoridad jurisdiccional al Presidente Municipal de La Magdalena Tlaltelulco, el pasado mes de junio, ya fueron cubiertas las remuneraciones adeudadas a la parte denunciante con lo que se dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva.

En el expediente TET-JDC-005/2022 se confirmó el cumplimiento de la sentencia emitida por el TET, por el pago realizado a los regidores del Ayuntamiento de Totolac, que promovieron este juicio de la ciudadanía, sin embargo, los actores manifestaron tener un descuento en sus siguientes pagos, por lo que la magistratura instructora, propuso encausar el planteamiento de inconformidad a un nuevo Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía, mismo que fue aprobada por unanimidad de votos.

Finalmente, se abordó el acuerdo plenario del expediente TET-JDC-336/2016 respecto del cumplimiento que se le ha dado a la sentencia dictada en este Juicio de la Ciudadanía tras declararse existente la omisión legislativa respecto de emitir la normatividad para que en los municipios con población indígena se eligieran representantes ante los ayuntamientos, en el que se ordenó dar vista al Congreso de Tlaxcala, para que en ejercicio de su libertad legislativa, garantizara de forma idónea y eficaz, los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas de acceder, de acuerdo a sus usos y costumbres, a la representación de sus poblaciones ante los ayuntamientos.

Al respecto, el Congreso local, ha informado de la presentación de los proyectos de Ruta y Temario para la reforma electoral 2021-2022 en el Estado de Tlaxcala, donde para su implementación se consideró un periodo que va de septiembre de 2021 a octubre de 2022, del que esta autoridad jurisdiccional ordenó informar periódicamente de su avance, por lo que para garantizar a plenitud el derecho de la parte actora de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, en ejercicio de la facultad que le asiste a este órgano jurisdiccional de velar por el exacto y cabal cumplimiento a las resoluciones que dicte, se requirió  nuevamente al Poder Legislativo informar los actos realizados para dar cumplimiento a la sentencia.

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