Comunicado 31

25 de mayo de 2016

 

Sobresee TET recurso de fórmula afectada con el no registro para presidencia de comunidad

El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró sin materia el juicio ciudadano promovido por los ciudadanos Vicente Hernández Ángel y Javier Garzón Elías, como aspirantes a candidatos a presidentes de comunidad propietario y suplente, de la Sección Cuarta, Barrio Manantiales del municipio de Zacatelco, después de que su planilla fue cancelada para que el partido por el que serían postulados, Encuentro Social (PES), cumpliera la paridad de género establecido por la ley.

Los magistrados determinaron que en la sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) apenas el pasado 20 de mayo, se advierte que se ordenó revocar el requerimiento contenido en el acuerdo ITE-CG153/2016, aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), así como el escrito de 8 de mayo presentado por el PES, en cumplimiento a ese mismo requerimiento.

Ese fallo ordenaba al Consejo General del ITE modificar su acuerdo ITE-CG165/2016 en el que aprobó el registro de candidatos para la elección de presidencias de comunidad presentados por el PES para el proceso electoral ordinario 2015-2016, debiendo resolver sobre el registro de esos mismos candidatos, pero realizando los ajustes necesarios para cumplir con la paridad de género, debiendo fundar y motivar tal modificación.

En ese sentido, lo que el ITE hizo fue aplicar el método de sorteo y de éste resultó afectada, entre otras, la fórmula de Vicente Hernández Ángel y Javier Garzón Elías, lo cual quedó asentado en el acuerdo ITE-CG-214/2016 emitido en sesión extraordinaria del 22 de mayo.

Lo anterior originó el cambio de situación jurídica de ambos ciudadanos, por lo cual el recurso presentado dentro del expediente TET-JDC-082/2016 fue sobreseído al haberse demostrado que había quedado sin materia.

Inexistentes, actos anticipados de campaña de candidato de MC en Tepeyanco

Asimismo, los magistrados declararon inexistentes las infracciones atribuidas al candidato a la presidencia municipal de Tepeyanco por el Partido Movimiento Ciudadano, Gaudencio Morales Morales, por la posible comisión de actos anticipados de campaña.

En la resolución del expediente TET-PES-083/2016, relativo a la denuncia promovida por Adán Juárez Caporal, en su carácter de representante propietario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el consejo municipal electoral de Tepeyanco, si bien se acreditó la existencia y contenido de la propaganda denunciada, también se precisó que los elementos documentales y técnicos aportados por el denunciante, consistentes en un video y siete fotografías, carecen de relación con los hechos denunciados.

Lo que se le imputaba al candidato Gaudencio Morales Morales era la entrega de cubetas de plástico, bastones y prótesis para las personas de la tercera edad y discapacitados, lo mismo que de cubetas de pintura. Sin embargo, el denunciante no acreditó la estancia del abanderado ni tampoco comprobó actos de proselitismo.

“Si bien en los dípticos denunciados se desprende una imagen atribuida al hoy candidato registrado por Movimiento Ciudadano, en forma alguna es posible apreciar su participación en cuanto a su reparto, ni mucho menos la participación de militantes o simpatizantes de ese partido. Asimismo, al margen del contenido de los indicios en cuestión, este Tribunal no aprecia los hechos referidos por el denunciante, esto es, la existencia de diversos eventos proselitistas en las comunidades de Tepeyanco, con la presencia de Gaudencio Morales Morales repartiendo artículos promocionales, entre ellos las cubetas aportadas”, estableció el proyecto aprobado.

Finalmente, al resolver el expediente TET-JE-062/2016, el Pleno del Tribunal confirmó el acuerdo del Consejo General del ITE, por el que resolvió el registro de candidatos a integrantes de ayuntamientos presentados por el Partido Acción Nacional (PAN), entre ellos el de Carlos Fernández Nieves, candidato por el municipio de Tepetitla.

Los magistrados llegaron a la conclusión de que el agravio hecho valer por Jesús Pluma Ríos, representante propietario del Partido Socialista (PS) ante el Consejo General del ITE era inatendible.

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