COMUNICADO 43
06 DE AGOSTO DE 2018
Reencausa TET caso Ixcotla por imposibilidad de edil de habilitar a presidente de comunidad
El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) reencausó a incidente de imposibilidad de cumplimiento de sentencia, el hecho de que el presidente municipal de Chiautempan, Héctor Domínguez Rugerio, no haya cumplido la ejecutoria para habilitar a Cruz Hernández Pérez como presidente de comunidad de Guadalupe Ixcotla, debido al conflicto que se vive en aquella jurisdicción.
A través de un escrito, el alcalde declaró la imposibilidad momentánea para hacer entrega del inmueble y del vehículo oficial de la comunidad de Guadalupe Ixcotla, debido a que éstos «se encuentran en poder de algunos vecinos derivado del conflicto social que existe», sin embargo, manifestó que una vez que esté en posibilidad de hacer la entrega de dichos bienes lo hará «a la brevedad posible».
En tanto, el presidente municipal exhibió un sello oficial correspondiente a la comunidad de Guadalupe Ixcotla, así como diversos cheques por concepto de gasto corriente correspondientes a los meses de abril, mayo, junio y julio correspondientes a este año.
En esa tesitura, y considerando lo manifestado por el alcalde de Chiautempan, el Pleno del TET aprobó conocer de la imposibilidad manifestada en la vía incidental, por lo cual, sin prejuzgar si le asiste o no la razón al presidente municipal, reencausó a incidente de imposibilidad de cumplimiento de sentencia para los efectos legales pertinentes.
En ese sentido, los magistrados electorales ordenaron dar vista a la parte actora para que dentro del plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación, manifieste lo que a su derecho corresponda y una vez transcurrido dicho término, se resuelva lo que en derecho corresponda.
Por otra parte, el Pleno del TET dio por cumplidas las sentencias dentro de los expedientes TET-JE-040/2018 y TET-JE-043/2018, y reencausó el correspondiente interpuesto por la ciudadana Selene Cabrera García por una falta de respuesta de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala, para que le fuera expedida su credencial para votar con fotografía, por lo que remitió el escrito a la autoridad electoral administrativa para que proceda de conformidad con la legislación aplicable.