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COMUNICADO 50

22 de octubre de 2026

Confirma TET desechamiento de quejas sobre violencia política y ratifica criterios sobre eventos privados

 

 

  • En sesión pública celebrada el día de hoy, las magistraturas integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvieron por unanimidad de votos cinco medios de impugnación promovidos en contra de diversos acuerdos de desechamiento emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE). Para garantizar la vía idónea de atención jurisdiccional, la totalidad de los expedientes analizados fueron reencauzados a Juicios Electorales. 

Al desahogar el expediente TET-JDC-161/2026 (reencauzado a Juicio Electoral), promovido por una ciudadana para controvertir el desechamiento parcial de su denuncia sobre presunta violencia política contra las mujeres por razón de género, el Pleno determinó confirmar el acuerdo dictado por la autoridad administrativa. 

En primer término, respecto a los hechos denunciados acontecidos en los años 2021, 2022 y 2023, el Tribunal calificó como infundado el reclamo de la actora al precisar que se trató de acontecimientos ejecutados en momentos determinados y no de una conducta continuada. El Pleno enfatizó la distinción jurídica entre la continuidad de una conducta y la simple permanencia de sus efectos, ratificando la aplicación de la figura de la prescripción. 

Asimismo, sobre los hechos alegados respecto al año 2026, la autoridad jurisdiccional determinó que no se acreditó una afectación directa a sus derechos político-electorales ni una vinculación con el ejercicio de un cargo o proceso electoral, concluyendo que la sola expectativa de participar en un proceso electoral futuro resulta insuficiente para activar la competencia de las autoridades electorales. 

Por otra parte, al resolver los Asuntos Generales TET-AG-156/2026, TET-AG-158/2026, TET-AG-169/2026 y TET-AG-170/2026 (todos reencauzados a Juicios Electorales), promovidos contra el desechamiento de quejas relativas a presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos derivados de publicaciones en la red social Facebook, el TET ratificó la legalidad de las determinaciones del ITE. 

El Pleno concluyó que la Comisión de Quejas y Denuncias actuó apegada a derecho al realizar las investigaciones preliminares correspondientes y constatar que las publicaciones correspondían estrictamente a la asistencia a eventos de carácter privado y de convivencia social. El Tribunal reiteró que dichas actividades carecen de elementos de proselitismo o solicitud de apoyo electoral, por lo que no impactan en el ámbito político ni superan el estándar probatorio mínimo para la admisión de un procedimiento sancionador.

 

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