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COMUNICADO 51

23 de octubre de 2026

Valida TET actuación del ITE al desechar denuncias sobre difusión institucional en medios y redes

 

 

Durante la sesión pública efectuada este día, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó por unanimidad de votos dos determinaciones adoptadas por la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).Al revisar los expedientes, el Órgano Jurisdiccional ratificó el desechamiento de las denuncias promovidas contra el presidente municipal de Tlaxcala, un ciudadano y el partido Morena, al no advertirse infracciones en la difusión de actividades gubernamentales.

 

Al desahogar los Asuntos Generales TET-AG-166/2026 y TET-AG-168/2026, promovidos por José Carlos Hernández Pérez para controvertir los acuerdos del ITE que determinaron desechar las quejas presentadas en contra de un ciudadano, del presidente municipal de Tlaxcala y del partido político Morena, el Pleno determinó reencauzar ambos asuntos a juicios electorales por ser la vía jurídicamente idónea para su estudio.

 

En el análisis de fondo, el Tribunal calificó como infundados los agravios expuestos por el promovente, al constatar que la autoridad responsable fundó y motivó adecuadamente las resoluciones recurridas. Las magistraturas señalaron que el ITE aplicó de manera correcta los preceptos legales y los criterios jurisprudenciales que lo facultan para efectuar un análisis preliminar de los hechos denunciados y de las pruebas aportadas, lo cual le permite decretar el desechamiento de las denuncias sin necesidad de agotar un estudio de fondo cuando de inicio no se adviertan violaciones a la normativa electoral.

 

Durante la revisión de los expedientes, el Pleno corroboró que, si bien las publicaciones difundidas en la red social Facebook y las diversas notas periodísticas de medios de comunicación local hacían alusión a actividades vinculadas con el Ayuntamiento de Tlaxcala y mencionaban al ciudadano denunciado, los elementos probatorios analizados carecían de los indicios suficientes para configurar una infracción a la legislación electoral.

 

Bajo este contexto, al no existir elementos que justificaran la admisión de las quejas ni la apertura de un procedimiento sancionador, las magistraturas ratificaron la legalidad del actuar de la autoridad administrativa y resolvieron confirmar los acuerdos impugnados en cada uno de los expedientes.

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