La integración de la Sala Regional Especializada a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Miguel Nava Xochitiotzi

Artículo publicado en  El Sol de Tlaxcala, el día 02 de febrerode 2023

Las autoridades jurisdiccionales son una pieza fundamental en cualquier sociedad, pues son quienes aseguran que la ciudadanía acceda a la justicia. La justicia electoral en México se volvió de vital importancia a finales del siglo XX. Por ello, en 1987 se creó el Tribunal de lo Contencioso Electoral; posteriormente, en 1990 nació el Tribunal Federal Electoral y, años después, en 1996 se creó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que actualmente es el máximo tribunal en materia electoral de nuestro país. Respecto al marco histórico de la Sala Regional Especializada, debe destacarse que fue creada en 2014 y es la autoridad electoral encargada de resolver los procedimientos especiales sancionadores; los casos relacionados con violaciones a las reglas de acceso a radio y televisión en materia electoral, de aplicación de los recursos públicos, propaganda electoral y actos anticipados de campaña.

Precisado lo anterior, cobra relevancia que el pasado dieciséis de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó una serie de reformas electorales a varias leyes secundarias, tales como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como una nueva ley sobre medios de impugnación en materia electoral. Cabe destacar que dicha reforma tiene pendiente la aprobación del Senado de la República.

Dentro de los extensivos cambios que se aprobaron con esta reforma y que son de suma importancia para la justicia electoral, en esta ocasión comentaré las implicaciones que en su caso conllevaría la eliminación de la Sala Regional Especializada del TEPJF, la cual se propone sea integrada como una Sección Resolutora a la Sala Superior.  Esta Sección Resolutora deberá conformarse por tres magistrados y magistradas que rotarán cada 6 meses y que tendrá la tarea de resolver los Procedimientos Especiales Sancionadores.

Por otra parte, según la reforma, con la intención de garantizar la impartición de justicia, todos los asuntos que se encuentren sustanciados en la Sala Regional Especializada, así como el mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y demás bienes que se encuentren en resguardo de dicha Sala, deberán pasar a resguardo de la Sala Superior; quien decidirá sobre los expedientes a través de su Pleno y la Comisión de Administración.

En ese contexto, independientemente del aspecto político que trajo consigo esta reforma en materia electoral, es un hecho la materia electoral es una de las áreas más observadas, cuestionadas e incluso criticadas de la actividad jurisdiccional, situación que, contrario a lo que podría sugerirse, es benéfica para nuestra democracia, pues como ciudadanos tenemos la obligación de velar por el respeto y la garantía de nuestros derechos político-electorales y de acceso a la justicia, siempre a la expectativa de que los órganos jurisdiccionales cumplan con la principal función que la ley les concede, que es dirimir los conflictos sometidos a su conocimiento y tratándose de la materia electoral, emitiendo resoluciones justas y apegadas a Derecho.

Por ello les invito a seguir pendientes del proceso legislativo que está por concluir y que, en caso de aprobarse, derivado de la naturaleza de las modificaciones propuesta, conllevará a una nueva etapa en la historia de la justicia y sistema electoral en México.