Administración y fiscalización electoral

Miguel Nava Xochitiotzi

Artículo publicado en  El Sol de Tlaxcala, el día 1 de junio de 2023

En México contamos con un sistema de financiamiento mixto para los partidos políticos, es decir, pueden recibir prerrogativas del Instituto Nacional Electoral (INE), a lo cual se le denomina financiamiento público, y también pueden recibir financiamiento privado en su modalidad de aportaciones de militantes y simpatizantes, del autofinanciamiento o de rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.

Con esta herramienta se asegura que el origen de los recursos que utilizan los partidos y candidatos provenga de las fuentes permitidas por la ley y sin que pasen los topes establecidos, garantizando en todo momento el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, transparencia, certeza y rendición de cuentas, mismos con los que se deben conducir los sujetos obligados en el manejo de sus recursos para el desarrollo de sus fines.

La fiscalización que realiza el INE también tiene como fin asegurarse que los partidos políticos destinen los recursos exclusivamente a tres tipos de gasto: los gastos en actividades ordinarias; de proceso electoral y actividades específicas.

Bajo este panorama, es importante destacar que, bajo ninguna circunstancia, los partidos políticos o candidatos podrán recibir aportaciones o donativos en dinero o en especie de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial (local y federal), dependencias públicas; partidos políticos, iglesias, organizaciones civiles ni mercantiles; tampoco aportaciones de personas físicas con actividad mercantil, personas morales, mexicanas o extranjeras, colectas públicas, ni de personas no identificadas.

Otro aspecto para destacar son las facultades de comprobación de INE en materia de Fiscalización, que comprenden las auditorías, verificaciones, inspecciones y otras indagaciones para obtener evidencia con respecto de operaciones, saldos e informes para establecer el cumplimiento de las disposiciones del origen y aplicación de recursos de partidos políticos y candidatos. Entre sus procedimientos, se encuentran las pruebas de auditoría como lo son el monitoreo de anuncios espectaculares, propaganda electoral en línea; visitas de verificación, entre otras.

Así, podemos concluir que la fiscalización a partidos y candidatos no termina con un dictamen, sino que a partir de los hallazgos en los que se determinan actos y omisiones contrarios a la ley, por parte de los partidos políticos y candidatos, se procede a la imposición de multas que, una vez que han quedado firmes, se realizan los descuentos respectivos directamente de las ministraciones de financiamiento público futuras hasta cubrir el monto total. Lo anterior, pues como quedó evidenciado en el presente artículo, el principal reto del modelo de fiscalización es identificar y sancionar las operaciones que contravienen la normativa electoral aplicable y así, garantizar debidamente el principio de equidad, la transparencia y la rendición de cuentas en los procesos electorales.