* Luis Manuel Muñoz Cuahutle

LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES

El Sol de Tlaxcala, Página 8 martes 12 de junio del 2018

 

La participación política de las mujeres es un tema que aún en el presente genera resistencias por parte de sectores conservadores poco acostumbrados a verlas en el ámbito de lo público, sobre todo integrando órganos de decisión, en los que por mucho tiempo imperó un criterio unilateral.

Por participación política puede entenderse a toda acción realizada individual o colectivamente por miembros de un núcleo social, con la finalidad de influir en los resultados de sus procesos políticos, los cuales se refiere a dos conceptos: 1. La política es una realidad continua que no se interrumpe jamás, y 2. Un actuar específico que abarca diversas fases: a) La percepción de una necesidad; b) El planteamiento de su consecuente demanda; c) La discusión entre demandantes y demandados sobre la necesidad advertida; d) La toma de decisión por parte de la instancia demandada; e) El diseño de un mecanismo para su solución; f) La ejecución del mecanismo; g) La percepción de los resultados por parte de los demandantes, y h) La respuesta de los demandantes y de la población en general a los resultados obtenidos.

La participación política comprende hoy en día ámbitos que antes no formaban parte de este concepto, consecuencia de la mayor influencia que van teniendo en las sociedades los derechos humanos que obligan a los estados nacionales a la maximización de derechos y a favorecer el principio pro persona, así como por la cada vez más amplia definición de lo público, y por el avance de las tecnologías de la información, que han hecho posible señalar en tiempo real y de forma masiva, situaciones en las que se vulnere algún derecho humano entre los que se encuentra todo lo relacionado con la participación política.

La participación política tiene diversas formas de expresarse, pero estas podrían agruparse de manera general en dos grandes rubros: 1. El electoral, el cual se desarrolla dentro de los procesos electivos, ya sea participando como candidato; en apoyo a éstos; en el ejercicio del sufragio; o emitiendo opiniones respecto a dichos procesos y sus participantes directos., y 2. La no electoral, que se ejerce fuera de las elecciones y esta puede ser: a) Formal, cuando se realiza ajustándose al marco legal que impera, y b) No formal, cuando se despliega sin apegarse a la ley, ya sea a través de manifestaciones públicas individuales o colectivas que buscan expresar una demanda confrontando las reglas establecidas para dicha expresión; o ejerciendo presión contra el Estado dejando de cumplir con obligaciones y/o negándose a ejercer derechos.

La Asamblea General de la ONU aprobó el 19 de diciembre de 2011, la resolución sobre la participación de la mujer en la política, en la que reafirmó “las obligaciones que tienen todos los Estados de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas…”.

La resolución en comento, también señala que “[…] guiados por la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), que reafirma los derechos humanos y las libertades fundamentales, y la igualdad de la mujer en todo el mundo, los Estados deberán tomar las medidas apropiadas para eliminar dicha discriminación de la vida política y pública del país”.

La resolución destaca “la importancia de la participación política de la mujer en todos los contextos, y en todas las etapas de la transición política… reconociendo las aportaciones esenciales de las mujeres para la plena realización de los derechos humanos, la promoción del desarrollo sostenible, el crecimiento económico, la erradicación de la pobreza, el hambre y las enfermedades”.

En razón de lo anterior, es válido afirmar que la participación política es un concepto tan amplio que no podría acotarse solamente a asuntos relacionados con las elecciones, ya que estaría excluyéndose la parte no convencional de dicha participación, la cual tiene un escenario más extenso que el formal, ya que engloba a todas las relaciones humanas, cuya característica distintiva a la del resto de las especies es que encierra varias intenciones, y la consecución de cada una de ellas requiere del consenso entre partes divergentes para evitar incurrir en prácticas discriminatorias o excluyentes.

En todo ello, las mujeres tienen mucho que aportar para la edificación de una sociedad paritaria en la que la convivencia se dé en un contexto con igualdad de oportunidades.