COMUNICADO 03
21 DE ENERO DE 2025
Solicita TET dictamen antropológico al INAH para atender impugnación de elección en Tetela
En sesión extraordinaria celebrada este 21 de enero, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprobó por unanimidad de votos cuatro Acuerdos Plenarios y una Sentencia, entre los que destaca la solicitud de un dictamen antropológico requerido al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de su oficina en Tlaxcala, para resolver con perspectiva intercultural, la impugnación interpuesta en contra del proceso electivo de la comunidad de Santa Cruz Tetela.
En el primer acuerdo plenario se abordó el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-328/2024, interpuesto en su momento por quien ocupó la Sindicatura del municipio de Apizaco, por la omisión de pago de diversas prerrogativas, en el que, en la sentencia definitiva dictada por la autoridad jurisdiccional, se ordenó a las autoridades responsables el pago a la actora de la retribución económica por concepto de bono y/o gratificación de fin de administración del ejercicio fiscal 2024.
Debido a que el 9 de enero del año en curso, las responsables remitieron a este Tribunal una póliza de cheque que amparaba la cantidad adeudada a la actora, fechado el tres de dicho mes, del que se le dio vista, sin que realizara manifestación alguna, se tuvo de conformidad con lo pagado.
Así, al cubrirse la cantidad adeudada por la autoridad responsable a la actora y al no tener pendiente trámite alguno que realizarse, se tuvo por cumplida de manera total la sentencia definitiva.
Por otra parte, en el Juicio Electoral número TET-JE-054/2023, que promovió el Comité Ejecutivo Estatal de MORENA en Tlaxcala, para controvertir la notificación de un oficio que le realizó la Dirección de Prerrogativas, Administración y Fiscalización del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), en el que en la sentencia emitida por el TET se declaró fundado en virtud de que la citada dirección no contaba con facultades para llevar a cabo dicha notificación y ordenó al Instituto dejar sin efectos el oficio impugnado, y emitirá un nuevo oficio para notificarlo al inconforme, debido a que se emitió un acuerdo para delegar a la dirección de prorrogativas la función de ejecutar las acciones necesarias para notificar al actor lo mandatado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y al realizarse la nueva notificación ordenada, se dio cumplimiento a lo instruido en la sentencia.
De esta manera, se declaró como totalmente cumplida la sentencia dictada en este juicio y se ordenó el archivo definitivo del asunto.
Posteriormente, se aprobó el acuerdo plenario del expediente TET-JDC-332/2024 y ACUMULADO, a través del que se dio por cumplida la sentencia emitida dentro de este Juicio de la Ciudadanía presentado por la entonces Presidenta de Comunidad de San Simón Tlatlahuquitepec, perteneciente al municipio de Xaltocan, mediante el que demandó al Presidente y Secretario del Ayuntamiento del Municipio por la omisión del pago de algunas remuneraciones.
Se explicó que, en la sentencia emitida en este caso, el TET ordenó al Presidente Municipal y Tesorero Municipal de Xaltocan, realizar el pago de las remuneraciones que se omitieron entregar a la actora por el ejercicio del cargo que ostentó, por lo que se refiere a las dos quincenas del mes de julio de 2024.
En acatamiento a la sentencia, las autoridades responsables, exhibieron copias certificadas de recibos de nómina, así como de pago, a través de transferencia bancaria, con lo que manifestaron haber pagado las remuneraciones que la actora reclamó y que se ordenó en la sentencia le fueran entregadas.
Al cubrirse las remuneraciones reclamadas por la actora, se declaró como totalmente cumplida la sentencia dictada en el juicio y se ordenó su archivo.
También, el Pleno atendió el Juicio Electoral TET-JE-383/2024 que promovió el representante propietario del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo General del ITE, en contra del Acuerdo de Cierre de Instrucción dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo, dentro del expediente CQD/Q/PVEM/CG/011/2024.
En la sesión del Pleno del TET se detalló que, en este caso, el escrito de alegatos se presentó fuera del plazo concedido para tal efecto, con el que pretendió revocar el acuerdo materia del Juicio Electoral.
La autoridad jurisdiccional estimó que la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE, actuó conforme a derecho al dictar el acuerdo de cierre de instrucción impugnado, al resultar congruente con el término establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala y en el Reglamento de Quejas y Denuncias del ITE.
Por ello, se calificó como infundado el agravio y se confirmó el Acuerdo de Cierre de Instrucción dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE.
Finalmente, se presentó el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-001/2025, iniciado por personas que aducen que en el proceso de elección comunitaria de la persona titular de la Presidencia de Comunidad de Santa Cruz Tetela, del municipio de Chiautempan, se cometieron diversas irregularidades, por lo que piden que nuevamente se lleve a cabo el proceso electivo comunitario.
Debido a que la comunidad elige a sus autoridades a través de su sistema normativo interno, para tratar este asunto con perspectiva intercultural, para su resolución se deben contar con los elementos de prueba suficientes que permitan conocer el contexto social, político y cultural de la controversia por lo que se aprobó requerir al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de su oficina en Tlaxcala, para que, por medio de un profesional en la materia, emita dictamen antropológico que permita contar con elementos suficientes para resolver este asunto.